Oigo en la radio, "AGENCIA TRIBUTARIA. Pensando en todos". Juuaaa, juuaa, juuuaaaa. ja, ja, ja, ja, jaaaa, jaaaaaaa, jaaaaaaaa.
"La Audiencia Nacional archiva el caso de las 'cuentas secretas' del BBV. Emilio Ybarra es uno de los acusados".
La Audiencia Nacional ha decidido la nulidad de las actuaciones y el archivo del caso de las 'cuentas secretas' que había abierto el BBVA en diversos paraísos fiscales, en el que estaban implicados cinco antiguos directivos de la entidad, entre los que se encontraba el ex presidente Emilio Ybarra. (¡Coño! ¿Cuentas secretas?)
El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha adoptado esta decisión, que no es firme, mediante un auto que deja sin efecto la acusación de delito societario por falseamiento continuado de las cuentas anuales contra los cinco ex ejecutivos del banco. (No es delito, se trata de ingeniería financiera)
El tribunal estimó las cuestiones previas formuladas antes del comienzo del juicio oral por la defensa de Ybarra, suscritas por el resto de los implicados, por las que exigían el archivo de la causa por no existir perjudicados ni haber causado perjuicio económico alguno a la entidad, pese a que habían ocultado fondos de la entidad en paraísos fiscales por importe de 225 millones de euros. (Bahh, menudencias, no parece un delito muy grave)
En su resolución, que se basa en varios derechos fundamentales recogidos en la Constitución, como la tutela judicial efectiva y la garantía material de estricta legalidad penal, el juzgado rebate los argumentos sostenidos por el Fiscal Anticorrupción contra la petición de las defensas.
Así, señala que la demanda del fiscal de continuar con el juicio oral "es técnica y jurídicamente imposible" por la inexistencia de perjudicados (No somos nadie) por el mantenimiento de las 'cuentas secretas' en la isla de Jersey y Liechtenstein y porque, "como reconoce la propia Fiscalía, no hay daño económico valorable".
Decisión anterior del Supremo
A este respecto, el juzgado relaciona su decisión con la jurisprudencia del Tribunal Supremo y, en concreto, con la sentencia de noviembre pasado, que absolvió a Ybarra del delito de apropiación indebida por los fondos de pensiones que creó el banco para sus consejeros por un importe de 19,24 millones, procedentes de las 'cuentas secretas'.
El auto señala que no existe perjuicio económico porque "los fondos no estaban contabilizados, pero no habían salido del patrimonio del banco". (Estaban en bolsas de basura)
Además, añade que ni el BBVA, que dio cuenta de la existencia de esos fondos ocultos a los empleados y accionistas, ni los socios ni terceros interpusieron denuncia alguna por esa causa, por lo que la argumentación del ministerio público de la existencia de múltiples perjudicados "se rechaza de plano". (Si encuentran unas bolsas llenas de dinero, no las toquen que son del Presidente)
Por estas consideraciones y en relación con la jurisprudencia del Supremo, que establece que es la sociedad jurídica y no los socios los perjudicados directos por determinadas decisiones de sus gestores, el auto califica de "contorsionismo interpretativo" las pretensiones del fiscal de buscar múltiples perjudicados cuando sólo habría uno, la entidad bancaria, que además, "ha renunciado a reclamar". (No conozco a Dª Entidad Bancaria, ¿Será un testaferro?
Respecto al perjuicio económico, el auto explica, también recurriendo a la doctrina del Tribunal Supremo, que para que exista el delito societario debe haber perjuicio patrimonial.
Critica el auto que el fiscal pretenda justificar que la existencia de las 'cuentas secretas' pudo causar un daño patrimonial a terceros, como otras entidades financieras, o el propio sistema bancario, cuando ni siquiera el BBVA resultó perjudicado.
También considera el juzgado que "parece cuando menos excesivo" que el fiscal argumente que la actuación de los gestores del banco al omitir asientos contables (Es como si el Papa se caga en Dios. Dicho con el maximo respeto, claro) perjudicó al interés general y "pusiera en riesgo, nada más y nada menos, que la estructura económica y financiera de la nación o que pudiera hacer correr un riesgo económicamente valorable a un sinnúmero de ciudadanos".
El auto sostiene esta argumentación con un informe del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), que señaló que la regularización de las "cuentas secretas" no alteró significativamente la situación financiera del banco, y la completa al recordar que liquidó los impuestos preceptivos por valor de 78,13 millones. (¡¡Solo faltaría eso!! Que le perdonaran los impuestos. ¿Y multa? ¿No hubo sanción? ¿Por cuanto? ¡¡Tiene cojones!!)
Por último, la resolución del juzgado critica diversos aspectos del caso de las 'cuentas secretas', iniciado por el Juzgado Central de Instrucción número 5, como la apertura de la causa a partir de un artículo periodístico, tras la intervención del Banco de España y sin que nadie reclamara ni como agraviado ni como perjudicado.
Por este caso, iniciado en 2002, el ministerio público pedía dos años de cárcel para el ex presidente del BBVA Emilio Ybarra y tres años para el ex consejero delegado Pedro Luis Uriarte por un delito continuado de falseamiento de cuentas anuales.
Además, solicitaba otros tres para los antiguos vicepresidentes Gervasio Collar y Domingo Ampuero por el mismo delito que los anteriores y dos años y diez meses de prisión para el ex director financiero, Luis Bastida, como cooperador necesario.
El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha adoptado esta decisión, que no es firme, mediante un auto que deja sin efecto la acusación de delito societario por falseamiento continuado de las cuentas anuales contra los cinco ex ejecutivos del banco. (No es delito, se trata de ingeniería financiera)
El tribunal estimó las cuestiones previas formuladas antes del comienzo del juicio oral por la defensa de Ybarra, suscritas por el resto de los implicados, por las que exigían el archivo de la causa por no existir perjudicados ni haber causado perjuicio económico alguno a la entidad, pese a que habían ocultado fondos de la entidad en paraísos fiscales por importe de 225 millones de euros. (Bahh, menudencias, no parece un delito muy grave)
En su resolución, que se basa en varios derechos fundamentales recogidos en la Constitución, como la tutela judicial efectiva y la garantía material de estricta legalidad penal, el juzgado rebate los argumentos sostenidos por el Fiscal Anticorrupción contra la petición de las defensas.
Así, señala que la demanda del fiscal de continuar con el juicio oral "es técnica y jurídicamente imposible" por la inexistencia de perjudicados (No somos nadie) por el mantenimiento de las 'cuentas secretas' en la isla de Jersey y Liechtenstein y porque, "como reconoce la propia Fiscalía, no hay daño económico valorable".
Decisión anterior del Supremo
A este respecto, el juzgado relaciona su decisión con la jurisprudencia del Tribunal Supremo y, en concreto, con la sentencia de noviembre pasado, que absolvió a Ybarra del delito de apropiación indebida por los fondos de pensiones que creó el banco para sus consejeros por un importe de 19,24 millones, procedentes de las 'cuentas secretas'.
El auto señala que no existe perjuicio económico porque "los fondos no estaban contabilizados, pero no habían salido del patrimonio del banco". (Estaban en bolsas de basura)
Además, añade que ni el BBVA, que dio cuenta de la existencia de esos fondos ocultos a los empleados y accionistas, ni los socios ni terceros interpusieron denuncia alguna por esa causa, por lo que la argumentación del ministerio público de la existencia de múltiples perjudicados "se rechaza de plano". (Si encuentran unas bolsas llenas de dinero, no las toquen que son del Presidente)
Por estas consideraciones y en relación con la jurisprudencia del Supremo, que establece que es la sociedad jurídica y no los socios los perjudicados directos por determinadas decisiones de sus gestores, el auto califica de "contorsionismo interpretativo" las pretensiones del fiscal de buscar múltiples perjudicados cuando sólo habría uno, la entidad bancaria, que además, "ha renunciado a reclamar". (No conozco a Dª Entidad Bancaria, ¿Será un testaferro?
Respecto al perjuicio económico, el auto explica, también recurriendo a la doctrina del Tribunal Supremo, que para que exista el delito societario debe haber perjuicio patrimonial.
Critica el auto que el fiscal pretenda justificar que la existencia de las 'cuentas secretas' pudo causar un daño patrimonial a terceros, como otras entidades financieras, o el propio sistema bancario, cuando ni siquiera el BBVA resultó perjudicado.
También considera el juzgado que "parece cuando menos excesivo" que el fiscal argumente que la actuación de los gestores del banco al omitir asientos contables (Es como si el Papa se caga en Dios. Dicho con el maximo respeto, claro) perjudicó al interés general y "pusiera en riesgo, nada más y nada menos, que la estructura económica y financiera de la nación o que pudiera hacer correr un riesgo económicamente valorable a un sinnúmero de ciudadanos".
El auto sostiene esta argumentación con un informe del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), que señaló que la regularización de las "cuentas secretas" no alteró significativamente la situación financiera del banco, y la completa al recordar que liquidó los impuestos preceptivos por valor de 78,13 millones. (¡¡Solo faltaría eso!! Que le perdonaran los impuestos. ¿Y multa? ¿No hubo sanción? ¿Por cuanto? ¡¡Tiene cojones!!)
Por último, la resolución del juzgado critica diversos aspectos del caso de las 'cuentas secretas', iniciado por el Juzgado Central de Instrucción número 5, como la apertura de la causa a partir de un artículo periodístico, tras la intervención del Banco de España y sin que nadie reclamara ni como agraviado ni como perjudicado.
Por este caso, iniciado en 2002, el ministerio público pedía dos años de cárcel para el ex presidente del BBVA Emilio Ybarra y tres años para el ex consejero delegado Pedro Luis Uriarte por un delito continuado de falseamiento de cuentas anuales.
Además, solicitaba otros tres para los antiguos vicepresidentes Gervasio Collar y Domingo Ampuero por el mismo delito que los anteriores y dos años y diez meses de prisión para el ex director financiero, Luis Bastida, como cooperador necesario.
¡¡Qué país!! ¡¡Qué Justicia!! ¡¡Manda huevos!!
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